Concursal

Análisis Profundo de los Créditos Contra la Masa

En el marco del Derecho Concursal español, los créditos contra la masa representan una categoría jurídica de suma relevancia para el desarrollo de los procedimientos concursales. Estos créditos se configuran como obligaciones generadas con posterioridad a la declaración de concurso que, por su importancia y necesidad para la continuidad del procedimiento, gozan de un tratamiento privilegiado en cuanto a su pago respecta. Este artículo ofrece un análisis profundo de dichos créditos, explorando su definición, naturaleza, clasificación, y el régimen legal que los regula.

Definición y naturaleza jurídica

Los créditos contra la masa son aquellos créditos que surgen tras la declaración de concurso de acreedores, ya sea por la continuación de la actividad empresarial, por las costas y gastos judiciales del propio proceso concursal, o por otras causas legalmente establecidas. Su regulación se encuentra principalmente en la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo), que los distingue claramente de los créditos concursales, siendo estos últimos aquellos existentes antes de la declaración de concurso.

Este tipo de créditos se caracteriza por su preferencia en el orden de pago, disponiendo de una prioridad prácticamente absoluta sobre los demás créditos, exceptuando ciertas preferencias de garantía real en casos muy específicos.

Regulación legal

La Ley Concursal española dedica el Título III del Libro Primero a la «Masa activa y pasiva del concurso», donde se incluyen varios artículos concernientes directamente a los créditos contra la masa. De manera más detallada, el artículo 84 se ocupa de establecer qué créditos son considerados contra la masa, identificando, a grandes rasgos, aquellos gastos judiciales necesarios para la tramitación del concurso, los generados por la administración concursal en el ejercicio de sus funciones, los salarios correspondientes a los últimos 30 días de trabajo efectivo y aquellos generados por contratos con obligación pendiente de ambos lados, entre otros.

Clasificación de los créditos contra la masa

La clasificación de los créditos contra la masa puede realizarse atendiendo a varios criterios, siendo el más relevante el momento de generación del crédito en relación con las diferentes fases del concurso:

– Créditos generados por la administración concursal y su remuneración.
– Gastos judiciales derivados directamente de la tramitación del concurso.
– Obligaciones contraídas por la empresa concursada después de la declaración de concurso, en el ejercicio de su actividad empresarial.
– Salarios de los trabajadores correspondientes a los 30 días anteriores a la declaración de concurso en caso de que su importe no supere el doble del salario mínimo interprofesional.

Estos créditos, dada su naturaleza, gozan de una prelación que les permite ser satisfechos con anterioridad a la realización y liquidación del remanente para los créditos concursales.

Importancia de los créditos contra la masa

La figura de los créditos contra la masa cumple una función esencial dentro del marco del Derecho Concursal. Su establecimiento busca garantizar el funcionamiento del proceso concursal, permitiendo que este se desarrolle de forma efectiva y eficiente, asegurando al mismo tiempo la supervivencia temporal de la empresa durante el período concursal.

Desde una perspectiva práctica, la preferencia de los créditos contra la masa sobre los créditos concursales asegura que los proveedores y trabajadores vinculados al deudor después de la declaración de concurso continúen prestando sus servicios o vendiendo sus bienes, lo cual es crucial para la posible continuación de la actividad empresarial y, por ende, para la conservación de valor de la masa activa.

Tratamiento en la liquidación

En el supuesto de que se acuerde la liquidación de la masa activa del concurso, los créditos contra la masa deberán ser pagados con preferencia a cualquier otro tipo de crédito. Este hecho refuerza la seguridad jurídica de aquellos acreedores que, en el tramo final de la vida de la empresa, facilitan servicios y bienes necesarios para su desmantelamiento ordenado o para intentar una última negociación que permita la continuación de la actividad.

El tratamiento prioritario de los créditos contra la masa en la liquidación concursal es una manifestación del principio de conservación de la empresa y del interés en maximizar el valor de la masa activa para satisfacer, en la mayor medida posible, a todos los acreedores del concurso.

Problemáticas y desafíos

Uno de los principales desafíos que enfrenta la categoría de los créditos contra la masa es determinar con precisión el momento en que un crédito adquiere tal consideración, especialmente en escenarios de preconcursos o en operaciones complejas con múltiples partes y efectos arrastrados en el tiempo. La jurisprudence ha ido perfilando estos contornos, aunque sigue siendo área de cierta incertidumbre.

Por otro lado, la suficiencia de la masa activa para cubrir los créditos contra la masa es una preocupación constante. Existe el riesgo de que, en procedimientos concursales donde la masa activa es insuficiente, los créditos contra la masa no sean satisfechos en su totalidad, lo que podría disuadir a terceros de interactuar con el deudor concursal y afectar negativamente el desarrollo del concurso.

Solución de continuidad

En casos donde se prevea la continuidad empresarial, ya sea por un convenio o un plan de liquidación que incluya la venta de una unidad productiva, la ley contempla mecanismos para que los créditos contra la masa generados en esta fase tengan una especial protección. Estos mecanismos buscan equilibrar la necesidad de satisfacer a los acreedores contra la masa con el objetivo de mantener la viabilidad de la empresa, siempre en búsqueda del mejor interés del conjunto de acreedores del concurso.

Conclusiones

En conclusión, los créditos contra la masa desempeñan un rol fundamental en el desarrollo y resolución de los procedimientos concursales en España. Su régimen legal, a pesar de las complejidades y desafíos que presenta, está diseñado para preservar el interés general del concurso, asegurando la continuidad de la actividad empresarial en la medida de lo posible y favoreciendo un tratamiento equitativo de los acreedores. La jurisprudencia y doctrina continúan evolucionando en su interpretación y aplicación, lo que demuestra la importancia y la complejidad de este concepto dentro del derecho concursal español.

¿Necesitas ayuda?

¡Habla con un Abogado!

Contacta gartis sin compromiso