Derecho Laboral

En qué Plazos se debe Negociar un ERE

Revisado y Actualizado por Javier de la Cruz:

El Expediente de Regulación de Empleo, más conocido por sus siglas ERE, es un instrumento legal que permite a las empresas en situación de crisis adoptar medidas extraordinarias, como la suspensión o extinción de los contratos de trabajo. Es vital comprender el proceso que implica un ERE y más específicamente, los plazos establecidos por la legislación española para llevar a cabo su negociación. Este artículo aborda los plazos que tanto empleadores como representantes de los trabajadores deben tener en cuenta para garantizar un procedimiento acorde a la legalidad vigente.

Marco Legal del ERE

De acuerdo con la normativa vigente en el año 2024, el proceso de un ERE se enmarca dentro de la legislación laboral, siendo regulado por el Estatuto de los Trabajadores y disposiciones complementarias. Este proceso debe ser justificado por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y su proceder debe alinearse estrictamente a lo establecido por la ley.

El conocimiento profundo de la normativa es imprescindible para evitar sanciones y garantizar que los derechos de los trabajadores no se vean vulnerados durante la negociación. La transparencia y el cumplimiento legal son pilares fundamentales en el procedimiento de un ERE.

Inicio del Proceso y Comunicación

El proceso de negociación de un ERE comienza con la comunicación oficial por parte de la empresa a los representantes legales de los trabajadores, indicando de manera clara y detallada las causas que lo motivan. Esta comunicación es el punto de partida de un período de consultas que tiene una duración legalmente establecida.

Este período de consultas debe iniciarse con al menos 15 días de antelación si la empresa tiene menos de cincuenta trabajadores y 30 días para empresas de mayor tamaño, antes de que se apliquen efectivamente las medidas previstas en el ERE.

El Período de Consultas

Durante el período de consultas, se instaura una mesa de diálogo en la que ambas partes, empresa y representación de trabajadores, deben intentar llegar a un acuerdo. El objetivo de este período es alcanzar una solución que minimice el impacto de las medidas y que busque alternativas viables. Este período no podrá exceder de 30 días naturales, o de 15 días en empresas de menos de cincuenta trabajadores.

Es importante destacar que la ley exige que, durante dicho período, las partes deberán negociar de buena fe, con el propósito firme de evitar o reducir los despidos y atenuar sus consecuencias mediante acuerdos de recolocación o medidas sociales complementarias.

Documentación Necesaria

Uno de los aspectos cruciales en la negociación de un ERE es la aportación de toda la documentación necesaria que justifique las causas que lo motivan. La empresa deberá entregar a los representantes de los trabajiles un dossier que incluya, entre otros documentos, informes económicos y técnicos, que respalden las razones para la ejecución del ERE.

Esta documentación debe proporcionarse con suficiente antelación para garantizar que el período de consultas se pueda desarrollar con una base sólida e información transparente, permitiendo un análisis y diálogo efectivo.

Registro y Aprobación Administrativa

Una vez finalizado el período de consultas, con acuerdo o sin él, la empresa deberá comunicar el resultado a la autoridad laboral. En caso de que se haya llegado a un acuerdo, se deberá presentar este junto con la documentación acreditativa de que se han seguido todos los pasos adecuadamente, incluyendo los informes de la representación de los trabajadores si los hubiera.

La autoridad laboral tiene un plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la documentación para emitir su decisión. Durante este periodo, podrá solicitar información adicional o realizar las actuaciones de comprobación que considere necesarias para la validación del ERE.

Periodo de Impugnación

Finalmente, después de la decisión de la autoridad laboral, tanto la empresa como los trabajadores tienen el derecho a impugnar el ERE. El plazo para la impugnación es de 20 días hábiles a partir de la fecha en que se notifica la resolución administrativa. Las impugnaciones se tramitan a través de la jurisdicción social, la cual será la encargada de resolver las disputas presentadas.

Resulta esencial contar con la asesoría legal adecuada, ya que la complejidad del proceso y las implicaciones de cada paso pueden repercutir significativamente en los intereses de ambas partes.

Lista de Documentación Básica para un ERE

  • Carta de comunicación a los representantes de los trabajadores.
  • Informe de la situación económica, técnica, organizativa o de producción.
  • Plan de medidas sociales y de recolocación, si aplicable.

Recomendaciones para los Representantes de los Trabajadores

  • Verificar que la documentación recibida sea exhaustiva y detallada.
  • Asegurarse de tener acceso a asesoramiento experto durante todo el proceso.
  • Promover un diálogo constructivo y de buena fe con la empresa.

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