Derecho Fiscal

Impuesto Sobre Sociedades: Claves para su Comprensión

El Impuesto Sobre Sociedades (IS) constituye una figura tributaria central dentro del sistema fiscal español, representando una de las principales fuentes de ingresos para el Estado. Este impuesto incide directamente sobre los beneficios obtenidos por las empresas y entidades jurídicas, reflejando el principio de capacidad económica en su contribución al sostenimiento de los gastos públicos.

Definición y ámbito de aplicación

El IS es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Está regulado primordialmente por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, así como por su reglamento de desarrollo. Este impuesto tiene como hecho imponible la obtención de renta por parte del sujeto pasivo, sea cual sea su fuente y procedencia.

Sujetos pasivos del IS

Son sujetos pasivos del IS las entidades residentes en territorio español, incluyendo sociedades anónimas, limitadas, cooperativas, y fundaciones, entre otras. Además, las entidades no residentes que operan mediante establecimientos permanentes en España también se encuentran sujetas a este impuesto sobre los rendimientos atribuibles a dichos establecimientos.

Base imponible y hecho imponible

La base imponible del IS se determina a partir del resultado contable de la entidad, ajustado por las diferencias permanentes y temporales que se establecen en la normativa fiscal. Esto implica la adición o sustracción de ciertas partidas al resultado contable, en función de si incrementan o disminuyen la capacidad económica de la entidad.

Ajustes extracontables

Los ajustes extracontables son correcciones que se aplican al resultado contable para determinar la base imponible del impuesto. Estos ajustes pueden ser positivos, como los ingresos no contabilizados que sí están sujetos a impuestos, o negativos, como determinados gastos deducibles fiscalmente que no han sido contabilizados como tales.

Tarifa e Importe a pagar

La tarifa del IS es progresiva en función de la base imponible, aplicándose diferentes tipos impositivos según tramos establecidos en la legislación. No obstante, el tipo general de gravamen es del 25% para la mayoría de las sociedades. Existen tipos reducidos para ciertas entidades como las de nueva creación, que disfrutan de un tipo reducido del 15% durante los primeros dos años en que obtienen beneficios.

Bonificaciones y deducciones

Para fomentar determinadas actividades económicas, la ley del IS establece una serie de bonificaciones y deducciones que las entidades pueden aplicar para reducir su cuota tributaria. Entre ellas se encuentran las deducciones por inversiones en I+D+i, por la generación de empleo, o por actividades de mecenazgo.

Obligaciones formales y presentación del impuesto

Las entidades sujetas al IS deben cumplir con una serie de obligaciones formales, entre las que se incluye la llevanza de una contabilidad según el Código de Comercio, la realización de pagos fraccionados y, por supuesto, la presentación de la declaración del impuesto.

Pagos fraccionados

Los pagos fraccionados son adelantos del IS que las entidades deben realizar durante el ejercicio fiscal. Estos se calculan aplicando un porcentaje al resultado contable del ejercicio en curso, con ajustes específicos establecidos en la normativa. Estos pagos garantizan un flujo continuo de ingresos fiscales al Estado y ayudan a las entidades a distribuir su carga tributaria a lo largo del año.

Fiscalidad internacional y doble imposición

La globalización económica ha llevado a muchas empresas españolas a expandirse más allá de las fronteras nacionales, lo que plantea desafíos en términos de fiscalidad internacional. El IS incorpora medidas para evitar la doble imposición de los beneficios obtenidos en el extranjero.

Convenios para evitar la doble imposición

España ha firmado numerosos convenios bilaterales con otros países con el fin de evitar que las rentas obtenidas en el extranjero por entidades residentes en España sean gravadas tanto en el país de origen como en España. Estos convenios establecen mecanismos como la exención o la imputación de créditos fiscales por los impuestos abonados en el extranjero.

Regímenes fiscales especiales

La normativa del IS contempla regímenes especiales aplicables a determinadas entidades o circunstancias, que modulan las condiciones de tributación para adaptarse a situaciones concretas. Entre estos regímenes especiales se encuentran los aplicables a grupos de sociedades, fusiones y adquisiciones, y entidades de tenencia de valores extranjeros (ETVE).

Controversias y procedimientos tributarios

Las interpretaciones de la normativa fiscal pueden dar lugar a desacuerdos entre las entidades y la administración tributaria. En materia de IS, es común que surjan controversias relacionadas con la valoración de las operaciones vinculadas, los gastos deducibles o la aplicación de determinados regímenes especiales.

Inspecciones y sanciones

La Agencia Tributaria dispone de amplias facultades para inspeccionar y, si es necesario, sancionar a las entidades que incumplen sus obligaciones fiscales. Las inspecciones pueden derivar en la regularización de las declaraciones presentadas y, en algunos casos, en la imposición de sanciones pecuniarias.

Conclusión

El Impuesto Sobre Sociedades es un pilar fundamental del sistema fiscal español, cuya comprensión y correcta aplicación es esencial para las entidades sujetas a su ámbito de aplicación. La continua adaptación de la normativa fiscal a la realidad económica y los desafíos de la fiscalidad internacional requieren de un análisis riguroso y actualizado por parte de los profesionales del derecho y la asesoría fiscal, quienes deben velar por la adecuada contribución de las entidades al sostenimiento de las finanzas públicas, al mismo tiempo que defienden sus derechos e intereses ante la administración tributaria.

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