Desahucios

Guía Legal: Acciones ante la Mora del Inquilino

En el marco del Derecho Inmobiliario en España, una de las situaciones más comunes y conflictivas que se presentan es la mora del inquilino, es decir, cuando este deja de cumplir con su obligación de pagar el alquiler convenido. Ante esta situación, existen diversas acciones legales que puede tomar el arrendador. Este documento pretende ofrecer una guía exhaustiva sobre las alternativas legales disponibles ante la falta de pago del alquiler, brindando un enfoque práctico y jurídico sobre cómo proceder.

Comprensión inicial de la morosidad del inquilino

La mora se produce cuando el inquilino incumple el plazo establecido para el pago del alquiler. Este concepto no solo implica el retraso o la falta de pago en el plazo acordado, sino que también puede incluir el incumplimiento de cualquier otra obligación financiera especificada en el contrato de arrendamiento, como pueden ser los gastos de comunidad, los suministros cuando estos corren a cuenta del inquilino, o cualquier otra carga que haya sido acordada.

Marco legal aplicable

Es crucial comprender que el marco legal que regula estas cuestiones es la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), junto con la ley de Enjuiciamiento Civil en lo que respecta a los procedimientos de desahucio. Estas leyes establecen tanto los derechos y obligaciones de los arrendadores como de los arrendatarios, y proporcionan un marco para la resolución de conflictos.

Primeros pasos ante el incumplimiento de pago

Antes de proceder con acciones legales, es recomendable intentar una solución amistosa. Un acercamiento inicial podría ser enviar al inquilino una comunicación escrita, recordándole su obligación de pago y solicitando el cumplimiento de la misma. Es importante documentar este y todos los siguientes pasos para contar con un registro en caso de que la situación escale a instancias judiciales.

Comunicación formal de requerimiento de pago

Si la aproximación amistosa no surte efecto, el siguiente paso es enviar un requerimiento formal de pago al inquilino. Esta comunicación debe hacerse de manera que quede constancia fehaciente de su recepción, preferiblemente mediante burofax con acuse de recibo. En este comunicado, se debe informar al inquilino del importe adeudado y concederle un plazo específico para su pago, plazo que habitualmente no suele ser inferior a 7 días.

Iniciación del procedimiento de desahucio por falta de pago

Si el inquilino persiste en su morosidad tras el requerimiento de pago, el arrendador está en su derecho de iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago. Este procedimiento está regulado por la ley de Enjuiciamiento Civil y requiere la presentación de una demanda ante los tribunales competentes.

Preparación de la demanda

Para la preparación de la demanda, es crucial contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho Inmobiliario. En esta, se deben incluir todos los documentos que acrediten la relación arrendaticia y el incumplimiento del inquilino, como el contrato de arrendamiento, los comprobantes de pago pendientes, el burofax de requerimiento de pago y cualquier otra comunicación relevante.

Presentación de la demanda y proceso judicial

Una vez presentada la demanda, el proceso se desarrollará conforme a las etapas procesales previstas en la ley de Enjuiciamiento Civil. Este incluirá, entre otros, la admisión de la demanda, la notificación al inquilino, el señalamiento de la vista y, finalmente, la posible emisión de una sentencia que puede concluir con el desahucio del inquilino moroso y, en su caso, el cobro de las cantidades adeudadas.

Gestión de la deuda pendiente

Independientemente del desahucio, el arrendador puede iniciar acciones legales para la reclamación de las cantidades adeudadas. Este proceso puede llevarse a cabo de manera simultánea o posterior al desahucio y requerirá, asimismo, de la formulación de una demanda dirigida específicamente a este fin.

Reclamación de cantidades adeudadas

Para la reclamación de las cantidades adeudadas, es fundamental detallar en la demanda el importe total del adeudo, incluyendo cualquier gasto incurrido por el arrendador como consecuencia del incumplimiento del inquilino. La ley permite incluir, además del alquiler impagado, los intereses de demora y las costas procesales.

Medidas cautelares

En ciertos casos, y para asegurar la efectividad de la reclamación, puede ser conveniente solicitar al tribunal la adopción de medidas cautelares. Estas pueden incluir el embargo de cuentas bancarias, nóminas o cualquier otro bien susceptible de embargo que asegure que el inquilino cumplirá con su obligación de pago.

La importancia del asesoramiento legal especializado

La gestión de la morosidad del inquilino es una materia compleja que requiere del conocimiento y experiencia en Derecho Inmobiliario. Por ello, se recomienda encarecidamente el asesoramiento por parte de un abogado especializado que pueda guiar al arrendador a través de todo el proceso, desde las primeras comunicaciones con el inquilino hasta la conclusión del procedimiento judicial.

Además, un abogado puede aportar una visión estratégica esencial para evaluar la conveniencia de iniciar acciones legales, teniendo en cuenta no solo las perspectivas de éxito, sino también los costes y el tiempo que estos procesos pueden implicar.

El incumplimiento de pago del alquiler por parte de un inquilino es una situación desafortunada que requiere una actuación rápida y decisiva por parte del arrendador. La legislación española ofrece diversas herramientas para abordar este tipo de situaciones, pero su complejidad hace indispensable contar con apoyo legal especializado. Actuar de manera informada y contundente puede marcar la diferencia en la resolución de estas situaciones de morosidad, permitiendo al arrendador recuperar la posesión de su propiedad y minimizar las pérdidas económicas derivadas del incumplimiento.

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